Las previsiones son ‘previsiones’ y los objetivos que no son alcanzables no son ‘objetivos’

La pretensión de obligar a hacer previsiones de futuro o de hacer tomar conocimiento de objetivos impuestos de manera unilateral por el empresario pretende, en el trasfondo, ampliar las obligaciones contractuales. Con su aceptación, la Dirección puede utilizar la información como si fuera un nuevo compromiso y puede alegar incumplimiento para iniciar expedientes sancionadores. En cuanto a los objetivos, para ser tales, deben ser alcanzables. Ojo con caer en trampas. ¡Las obligaciones laborales tienen un límite!

Las direcciones de oficina que sean emplazadas a enviar correos con previsiones o a tomar conocimiento de objetivos impuestos, al final y antes de la firma, o en el campo observaciones, para la salvaguarda de los derechos laborales y a fin de evitar un uso indebido de la información comunicada, pueden añadir este párrafo redactado por nuestra asesoría jurídica:

Para previsiones ‘pròpias’

Estas previsiones, puramente estimativas y limitadas a la información parcial que se ha podido obtener de los clientes entrevistados, se ajustan a criterios de naturaleza ondulatoria y, por tanto, inevitablemente sujetas a fluctuaciones del negocio, totalmente ajenas e independientes a la voluntad de la dirección de la oficina y de todos los miembros de su plantilla.

Para objetivos impuestos

Si los objetivos son claramente inalcanzables atendiendo a las cifras de semestres anteriores y su tendencia, recomendamos elegir la opción no conforme, especificando el motivo. Y en todo caso (conforme o no), recomendamos añadir:

Estos objetivos quedan inevitablemente sujetos a fluctuaciones ondulatorias propias del negocio bancario, totalmente ajenas e independientes a la voluntad de la dirección de la oficina y de todos los miembros de su plantilla.